miércoles, 19 de agosto de 2009

Resoluciòn Directoral Nacional Nº 362 / INC


Lima,22 de marzo del 2005.

VISTO,El Oficio Nº 192-2004-MDCS/A de la Municipalidad Distrital de carmen Salcedo -Andamarca; y

CONSIDERANDO:

Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru, estrablece que es funcion del Estado la proteccion de Patrimonio Cultural de la Naciòn;

Que, el artículo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion" establece que el Instituto Nacional de la Naciòn de Cultura està encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro de los àmbitos de su competencia; asimismo en el numeral 2 del artìculo 1º de la presente Ley, establecew que entre los bienes que integran el patrimonio Inmaterial de la naciòn, se encuentra las manifestaciones culturales vigentes que conforman nuestra diversidad cultural.

Que, mediante el oficio del Visto, la Municipalidad Distrital de Carmen Salñcedo - Andamarca, solicita la declaraciòn de Patrimonio Cultural de la Naciòn de la Fiesta del Agua, "Yaky Raymi", fiesta que es una Costumbre autòctona de origen quechua, su existencia sigue latente desde la època pre - colombina, de extarordinaria significacion donde se rinde culto al agua;

Que, mediante Informe Nª 016-2005-INC/DRECPC de fecha 15 de marzo de 2005, la direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo, señala que la Fiesta del Agua, "Yaku "raymi", es una fiesta andina por excelencia, que redita anualmente una costumbre prehispànica de las sociedades agricolas a lo largo de los andes, cuyo simbolismo alude a la fecundacion de la tierra, la Mama Pacha, por el agua nueva, comienzo de un nuevo ciclo agricola, y como tal, evedencia la pervivencia de rituales celebraciones y de un conjunto de conocimeintos y pràcticas ancestrales asi como de sitemas de trabajo coelctivo en los andenes,

Que, el precitado informe indica que dicha Fiesta de realiza en Amblias zonas del espacio andino, aùn especialmente en la region de la sierra centro - sur, en Ayacucho y apurimac, y en la sierra central, en lima, siendo las comunidades de Anadamarca y Puquio (Ayacucho) y Sam Pedro de Casta (Lima), lugares donde la celebracion mantiene especial fuerza, mereciendo una menciòn especial en este reconocimeinto,

Estando a lo opinado mediante Informe Nº 144-2005-INC/OAJ del 17 de marzo de 2005, de la Ofecina de Asuntos Juridicos;

Con la visaciòn de la Direcciòn de Gesti`pn, Direciòn de Registro y Estudio y Estudio de la Cultura del Peru Contemporaneo y la Ofecina de Asuntos Jueridicos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Naciòn" y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizaviòn y Funciones del Instituto Nacional de Cultura;

SE RESULEVE:

ARTICULO ÙNICO.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la fiesta del Agua, "Yaku Raymi", festividad andina por excelencia, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resoluciòn.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.



Firma y sello: Luis Guillermo Lumbreras Salcedo
Director Nacional
Instituto Nacional de Cultura



sellos varios: Asuntos Juridicos
Direccion de Gestion
Direccion de Registros y Estudios Contemporaneo
DIRECION NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA.















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